Delitos graves, penas duras y rehabilitación


(publicado originalmente en el blog de Roberto Colom)

DELITOS GRAVES, PENAS DURAS Y REHABILITACION


En la mayoría de los países occidentales –Canadá, Alemania, USA, Inglaterra o Francia—se ha producido un endurecimiento progresivo de las penas de prisión y demás sanciones penales. Se pretende prevenir y combatir los delitos graves y violentos que, de forma recurrente, producen víctimas e inquietan a los ciudadanos y a los gobernantes.
El debate reciente sobre la prisión permanente revisable es un ejemplo de esa tendencia.
Una consecuencia del endurecimiento de las penas, es el incremento de las poblaciones penitenciarias que también se ha observado en países donde la delincuencia presenta niveles bajos, como es el caso de España. A eso se une la creencia generalizada de que la rehabilitación de los presos es un objetivo inalcanzable o una utopía humanitaria.
Esa visión pesimista de la rehabilitación se dirige especialmente a ciertos delincuentes, a autores de delitos graves como el asesinato de niños y a quienes infligen un daño irreversible consecuencia de una agresión sexual.
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En España, esa realidad sociopolítica y mediática se despliega en paralelo a los esfuerzos del Estado por mejorar las instalaciones penitenciarias, los programas de rehabilitación y otros recursos, en respuesta al mandato constitucional de trabajar en pro de la rehabilitación de los delincuentes.
Es destacable que, tanto en el ámbito penal de los adultos, como en la intervención con menores delincuentes, se están implantando programas de rehabilitación cada vez más específicos y potentes – análogos a los de otros países de nuestro entorno – para mejorar la rehabilitación y reinserción social. También hay programas de rehabilitación dirigidos a los autores de delitos violentos de naturaleza sexual, así como de violencia doméstica y de género, entre otros.
Esos programas se han generalizado y perfeccionado en las prisiones catalanas y en el resto del estado español. Se aplican en las prisiones, en el marco de las Medidas Penales Alternativas, así como en menores internados y atendidos en Medio Abierto.
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Se están desarrollando programas post-penitenciarios que, en colaboración con las organizaciones del Tercer Sector, añaden recursos para rehabilitar a los delincuentes, sean del tipo que sean.
Esa es la mejor política para prevenir nuevos delitos.
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Ninguna pena ni programa de intervención rehabilitadora consigue, de forma retroactiva, evitar los delitos que ya han sucedido. Lo que sí se puede conseguir, y hay numerosas evidencias que lo justifican, es actuar para la rehabilitación de los delincuentes, incluso de los más violentos. Si se combinan adecuadamente las penas y los programas de intervención, se puede reducir el riesgo de reincidencia. También se consigue que los jóvenes que han iniciado una carrera delictiva desistan y se adapten a una vida pro-social.
Pero, aun así, no es razonable esperar la rehabilitación completa y definitiva de todos y cada uno de los delincuentes. Como en las demás actividades humanas y sociales, el éxito de los programas de rehabilitación es relativo y mejorable.
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Los efectos de los programas de rehabilitación son tan eficaces como otros programas preventivos, tales como los dirigidos a la prevención de las enfermedades cardiovasculares o los accidentes de tráfico.
La rehabilitación y la prevención de los delitos son objetivos difíciles de alcanzar, pero eso no justifica abandonar el intento de conseguir una sociedad más humana, avanzada y justa. La rehabilitación de los presos, no obstante, no puede comprometer la seguridad de los ciudadanos, y, por tanto, es necesario contrapesar, con inteligencia y ciencia, las políticas de rehabilitación y seguridad. Esa es una tarea para el inmediato futuro. Los profesionales deben esforzarse por innovar y encontrar soluciones que combinen sabiamente ambos elementos.
Cualquier medida penal, actual y futura, deberá contemplar el binomio seguridad-rehabilitación en relación a los delitos, incluyendo los muy graves.