SENTENCIAS, JUECES Y EL FUTURO
CAMBIANDO LAS CONJETURAS Y LA INTUICION POR FORMULAS PARA PREDECIR LA
REINCIDENCIA
Es inevitable
que cuando un juez toma una decisión piense en el futuro. Esto pasa cuando toma
la decisión de condenar, o no, a un imputado por la comisión de un delito o en
la decisión de aplicar una medida para atender una reclamación judicial. Esta
actividad mental, previa y consustancial a la toma de una decisión no es exclusiva del juez
y no es distinta de la que realiza cualquier otro profesional como es el médico,
el agente de seguridad, el técnico de los servicios sociales, etc.. Cuando un
profesional toma una decisión, directa o indirectamente, piensa en que pasará
en el futuro en relación con la decisión que ha tomado. Este pensamiento es más
comprometido cuando se relaciona con la posibilidad de la ocurrencia de un
incidente violento. Un ejemplo bien simple lo tenemos cuando un juez,
atendiendo a un caso de violencia de género, ha de decidir si impone una
orden de alejamiento al miembro de una pareja contra el que hay denuncia por malos
tratos. Esta característica de la toma de decisiones, pensar en el futuro, probablemente sea universal y por tanto ocurre
en cualquier sistema de intervención profesional.
El mundo es muy
grande aunque no tengamos a veces esa percepción. Hago esta afirmación obvia
para destacar que las cosas que pasan en él son muy variadas, pero la
globalización nos permite conocerlas y saber muy fácilmente lo que pasa en lugares muy alejados desde
la pantalla de nuestro ordenador. Resulta que una reciente iniciativa judicial
del estado de Pennsylvania (USA), que representa una innovación en la forma de imposición de
las sentencias
penales, se ha generalizado a casi todos los estados de los USA. Esta
innovación consiste en utilizar un protocolo actuarial de valoración del riesgo
de reincidencia delictiva, el PSA (Public Safety Assessment Court) en la fase presentencial de
los juicios penales para fijar la condena de los delincuentes culpables y, así
decidir que hacer con ellos, según la ley, en cuanto a los años de condena de
prisión o sustituir la pena por una multa, etc.. Esta iniciativa novedosa – la
de incorporar protocolos de valoración del riesgo de reincidencia a las
consideraciones presentenciales – en poco más de dos años se ha generalizado a ciudades
como Chicago, Pittsburg, Filadelfia o a estados como Arizona, New Jersey.
Kentucky entre muchos otros. La frase que mejor resume esta innovación es
“cambiando las conjeturas por fórmulas”
El PSA (PublicSafety Assessment Court) es un protocolo de uso presentencial desarrollado por
la Fundación Laura and John Arnold para ayudar a los jueces en la toma de
decisiones pre-sentencial. Este protocolo, de naturaleza actuarial y de
aplicación computerizada, se ha validado a lo largo de 2 años y se basa en
estudio de más de unos 1,5 millones de casos penales y su evolución post-penal
y penitenciaria. Ha tenido un costo de 1,2 Millones de dólares y ha permitido
descubrir los factores de riesgo (9 que se obtienen sin entrevista a los imputados),
más relevantes para anticipar la probabilidad de que sucedan dos cosas
importantes para tomar decisiones por el juez: el riesgo de no-presentación del
imputado en el juicio y el riesgo del imputado de cometer nuevos delitos (reincidencia)
violentos y no-violentos en el futuro. Gracias a la aplicación de este
protocolo, basado en esta serie corta de nueve factores de riesgo de fácil
obtención y con un grado elevado de fiabilidad, el juez dispone, además de la
información propia del expediente judicial de unos elementos pronósticos
objetivos que le complementan su “instinto y competencia experiencial” para
tomar las mejores decisiones. Estos elementos son tres puntuaciones, que van
desde 1 a 6 puntos (1 es bajo riesgo y 6
riesgo muy elevado), referentes al riesgo de reincidir en un delito violento,
en un delito no-violento y de que el imputado no se presente al juicio (obviamente
si el imputado no estuviese en prisión de forma preventiva). Este protocolo,
que ha sido sometido a un cuidadoso estudio de validez antes de su aplicación
profesional, permite que el juez tome mejores decisiones penales y, ademas, evite
sesgos en sus sentencias que, casi
siempre, son causa de graves consecuencias (legales, penitenciarias, personales
y familiares). Entre las consecuencias de los errores en las decisiones
judiciales están, por ejemplo, las polémicas sociales especialmente cuando hace
referencia a la étnia de los imputados. Se menciona que con el uso de este
protocolo se hubiese podido evitar el resultado del juicio sobre un policía que
asesino a un ciudadano de raza negra en Ferguson (Misouri) o que su aplicación
ha reducido en un 20% el numero de ingresos en prisión preventiva en las
prisiones de New Jersey sin mayores consecuencias negativas.
Los protocolos
de valoración de riesgo, diseñados inicialmente
para predecir conductas violentas futuras, ahora también se aplican para anticipar la reincidencia delictiva. Estos protocolos se han desarrollado
rápidamente desde finales del siglo XX y han pasado del campo originario de la
psiquiatría forense a otros ámbitos como la justicia penal, los
servicios sociales que atienden situaciones de violencia doméstica y de género,
los cuerpos policiales, los servicios penitenciarios y de justicia juvenil y
ahora, recientemente, también al problema del terrorismo y la radicalización violenta. Estos
procedimientos de valoración del riesgo se basan en el análisis estadístico de
los sucesos anteriores y presentes en la historia de una persona para prever la
probabilidad de nuevos sucesos violentos y delictivos en el futuro. Avalados
por los avances científicos en las ciencias biomédicas y sociales, los
procedimientos de valoración del riesgo ponen a disposición de los
profesionales unas herramientas que no solamente mejorar la capacidad
predictiva de quienes los utilizan sino que también permiten a
estos profesionales justificar con evidencias las razones de sus pronósticos y, por tanto,
aportar transparencia a sus decisiones sobre el futuro y que tienen mucha
trascedencia.
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La predicción de la reincidencia muchas veces se contrasta con la realidad de las leyes. |
Otros de los
campos profesionales donde se usan de forma habitual los protocolos de
valoración de riesgo de reincidencia y/o violencia es el penitenciario y de
ejecución penal. En Cataluña se ha implementado – desde 2010 - un protocolo
nuevo, el RisCanvi, desarrollado originalmente por la Generalitat de Cataluña y
la Universidad de Barcelona para la gestión de la reincidencia y la conducta
violenta de los internos penitenciarios. Este protocolo, análogo a otros
protocolos similares que se utilizan en Canadá (LSI-R) en UK (OASyS) o los USA
(COMPAS), ha sido objeto de estudios de validez y recientemente se ha podido
verificar su capacidad predictiva real en el estudio de reincidencia que ha
finalizado el Centro de Estudios Jurídicos y de Formación Especializada de la
Generalitat de Cataluña. Con ese protocolo los profesionales de tratamiento y
gestión penitenciaria pueden ayudarse de una herramienta contrastada de
pronóstico en la toma de sus decisiones relacionadas con cada uno de los
internos (progresiones de grado, salidas, etc…). En cierto sentido este
protocolo es análogo al PSA-C pero para ser aplicado en las prisiones.
La moderna
tecnología de la valoración del riesgo, sobre todo sus aplicaciones
profesionales, está demostrando su eficacia y utilidad en todos aquellos campos
donde, la responsabilidad de tomar decisiones acerca del probable futuro
violento o antisocial de la conducta de un agresor, delincuente, imputado o
similar, recae sobre una decisión que realiza un técnico o profesional (juez,
policía, psiquiatra, psicólogo, trabajador o educador social, etc..). Esta
tecnología no está exenta de controversias y críticas. Algunas son menores ya
que aceptan su uso pero reclaman su mejora para que sean más precisos. Con frecuencia somos testigos de cómo el protocolo de valoración del
riesgo de violencia de género (VIOGEN) de los FF.CC.SS.EE. ha sido puesto en
duda y se ha decidido cambiarlo para mejorar su capacidad predictiva. Otras
críticas son más sustantivas y recelan de su utilización o simplemente rechazan
del todo su uso. Apelan a argumentos radicales tales como “el futuro no se
puede predecir”, o más ideológicos cómo “controlar a alguien por lo que pueda
hacer en el futuro es injusto porque se basa en prejuicios y no en hechos”, etc..
La sombra de argumentos futuristas como los propuestos en la película “Minority
Report” pesan mucho en la forma de ver la técnica de la valoración del riesgo
como ciencia ficción negativa y, ahora si, peligrosa.